Recubrimientos para el Sector Alimentario y el Consumo Humano

En el ámbito alimentario y del consumo humano son primordiales la seguridad, la higiene y las exigencias técnicas de los materiales que van a estar en contacto para evitar perjuicios para la salud del consumidor.

En el sector de los recubrimientos y las pinturas se fabrican materiales y productos específicamente diseñados para estar en contacto con alimentos o aguas destinadas al consumo humano (y animal). 

¿Dónde se pueden aplicar?

  • Sobre diversos tipos de sustratos, pero en su gran mayoría sobre soportes plásticos o metálicos. 
  • Bien en la parte interna del envase (contacto directo con el alimento) o bien aplicado por la parte externa  (sin contacto previsible) en la que el sustrato realiza una función barrera que evita la transferencia de sus componentes a los alimentos en condiciones normales.

Para cada una de estas situaciones existen recubrimientos específicos.

Sin embargo no existe una legislación específica para los recubrimientos y pinturas, ni en España ni en Europa. Por ello, se aplica el Reglamento sobre materiales destinados a entrar en contacto con alimentos. Así, en función del sustrato y de si va a estar en contacto directo o no con el alimento, habrá que recurrir a diferentes legislaciones. 

Requisitos para los recubrimientos en contacto con Agua Potable para el Consumo Humano

Una  de las situaciones más complicada de definir es la legislación aplicable a los recubrimientos que van a estar en contacto con agua potable apta para el consumo humano (depósitos, tanques,...).

En la actualidad, con la legislación vigente, estamos ante una situación de inseguridad jurídica puesto que no se ha llegado a ningún acuerdo, ni a nivel nacional ni a nivel Europeo, para elaborar una norma armonizada entre todos los Estados Miembros.

Por ello, es necesario basarse en las legislaciones existentes y tomar como referencia los puntos principales de las normativas que aplican a estos casos. Haciendo un resumen simplificado de los puntos más importantes, nos quedamos con los siguientes:

  • El material de construcción o revestimiento no transmitirá al agua sustancias o propiedades que contaminen o empeoren la calidad del agua procedente de su captación ni modificando sus características organolépticas ni su salubridad
  • Si bien el agua de consumo se excluye expresamente en la legislación alimentaria sobre materiales en contacto con alimentos, una condición favorable a la hora de seleccionar y demostrar la adecuación de los materiales es que sean aptos para entrar en contacto con alimentos.
  • Los productos de construcción en contacto con el agua de consumo comercializados que cuenten con certificaciones de otros países, con sistemas de aprobación de reconocido prestigio con estándares europeos o similares, se considerarán válidos.
  • Dado que en la legislación alimentaria no se encuentra el agua como simulante, los recubrimientos y materiales se fabrican de acuerdo con las listas positivas de sustancias permitidas (aminas, BPA, Disolventes orgánicos, Formaldehido,…) para la fabricación de materiales poliméricos destinados a entrar en contacto con los alimentos.
  • Los recubrimientos serán compatibles con el agua a transportar y contener y no deben favorecer la migración de sustancias de los materiales en cantidades que sean un riesgo para la salubridad y limpieza del agua del consumo humano.

Recubrimientos para el Ámbito Alimentario ¿qué deben cumplir?

En cuanto a los recubrimientos para paredes, suelos y techos en el ámbito alimentario (salas de despiece o contenedores para barcos, …), los requisitos técnicos que se establecen son:

  • En suelos, la superficie debe mantenerse en buen estado y ser fáciles de limpiar/desinfectar. Para ello se requieren materiales impermeables, no absorbentes, lavables y no tóxicos.
  • En paredes, deberán conservarse en buen estado y ser fáciles de limpiar/desinfectar. Para ello se requieren materiales impermeables, no absorbentes, lavables y no tóxicos. La superficie será lisa hasta una altura adecuada para las operaciones que deban realizarse.
  • En techos (o interior del tejado), falsos techos,...deberán estar construidos o protegidos de forma que impidan la acumulación de suciedad y reduzcan la condensación, la formación de moho no deseable y el desprendimiento de partículas.

Como requisitos generales a cualquier otra instalación se evitarán la acumulación de suciedad, el contacto con materiales tóxicos, el depósito de partículas en los productos alimenticios y la formación de condensación o moho indeseable en las superficies.

Por todo ello, es muy importante contactar con nosotros a la hora de elegir un recubrimiento para asegurarte de elegir el que cumple los requisitos necesarios para cada aplicación y sustrato concretos.

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